Responsable del tratamiento

Ayuntamiento de Castellar

Código del procedimiento

17

Actividad de tratamiento

Gestión económica y contable. Registro de facturas.

Finalidad

Gestión de las adquisiciones necesarias para el funcionamiento del Ayuntamiento y el pago a los respectivos proveedores. Contabilidad. Planes y programas de tesorería. Custodia de fondos y valores. Tramitación de facturas con o sin documento contable. 

Origen y procedencia de los datos

Personal, funcionario y laboral, beneficiarios de subvenciones, sancionados, proveedores, personas físicas, representantes de personas físicas o jurídicas

Colectivos afectados

Personal, funcionario y laboral, beneficiarios de subvenciones, sancionados, Proveedores, representantes de personas jurídicas (Licitadores y personal de empresas participantes en el procedimiento).

Categorías de los datos personales

Datos identificativos: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, correo electrónico, teléfono, firma.                      Otros:Académicos y profesionales, Detalles de empleo, Económicos, financieros y de seguros, Transacciones de bienes y servicios, Información comercial.   
Infracciones: Administrativas y penales.

Cesiones de datos

Los datos podrán ser comunicados a los Órganos gestores de las Administraciones Públicas en las que se han creado los registros contables de facturas a efectos de la conformidad de las mismas y tramitación de los expedientes de reconocimiento de la obligación, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para la verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de facturación y al Tribunal de Cuentas y Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas, a solicitud de dichos órganos, a efectos del desarrollo de sus funciones como superiores órganos fiscalizadores de las Administraciones Públicas, Entidades Financieras.

Transferencias internacionales

No previstas

Período de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del Tratamiento de los datos. 
Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación:
- Decreto Ley 97/2000, por el que aprueba el Reglamento de Sistema Andaluz de Archivos y desarrolla la Ley 3/1984 de Archivos Andaluces, derogada por la disposición derogatoria única de la Ley 7/2011, 3 noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía (BOJA 11 noviembre) .                                                                     

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica

Base jurídica

RGPD: 6.1.b) el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales.   
                                             
RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.   
                                                              
RGPD: Artículo 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en el interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
                            
RGPD: Artículo  10. Tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales.                                                 
LOPD-GDD: Artículo 8. Tratamiento de datos por obligación legal, interés público o ejercicio de poderes públicos.

LOPD-GDD: Artículo 10. Tratamiento de datos de naturaleza penal.   
                                                 
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
 
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.            
 
Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.               
                                                          
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. 
 
Plan General de Contabilidad Pública y la Disposición Final Primera de la Ley 16/2007, de 4 de julio. 
 
Ley 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 
                          
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.                                      
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

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