Código del procedimiento
7
Actividad de tratamiento
Equipo de gobierno / cargo público
Finalidad
Gestión de solicitudes y expedientes relacionados con el equipo de gobierno municipal y los cargos públicos tales como nombramientos y cese en el cargo, reconocimiento de compatibilidad, acceso a la información, retribuciones y régimen de dedicación, etc. Registro de bienes patrimoniales e intereses.
Origen y procedencia de los datos
Equipo de gobierno y cargos públicos del ayuntamiento.
Colectivos afectados
Equipo de gobierno y cargos públicos del ayuntamiento.
Categorías de los datos personales
Datos identificativos: Nombre y apellidos,
Otros Datos: Características personales, Circunstancias Sociales, Académicos y Profesionales, Detalles de empleo, Económicos, financieros y de seguros, cargo y fecha de toma de posesión/nombramiento, Transacciones de bienes y servicio, Información comercial.
Cesiones de datos
Se prevé la cesión de los datos personales a otras Administraciones Públicas con competencia en la materia. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Órganos judiciales.
Transferencias internacionales
No previstas
Período de conservación
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del Tratamiento de los datos.
Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación:
- Decreto Ley 97/2000, por el que aprueba el Reglamento de Sistema Andaluz de Archivos y desarrolla la Ley 3/1984 de Archivos Andaluces, derogada por la disposición derogatoria única de la Ley 7/2011, 3 noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía (BOJA 11 noviembre) .
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica
Base jurídica
RGPD: Artículo 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
RGPD: Artículo 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del Tratamiento.
LOPD-GDD: Artículo. 8. Tratamiento de datos por obligación legal, interés público o de poderes públicos.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 5/1985 del Régimen Electoral General.
Ley 19/2013 de Transparencia, acceso a la informacion pública y buen gobierno.
Capítulo III. Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.